sábado, 15 de noviembre de 2014

Derecho de admisión.

Tenemos un grave problema de seguridad en el transporte de pasajeros, al punto de que la misma policía esta desbordada por la situación. La solución no va a surgir de una única medida redentora, sino que surgirá de múltiples iniciativas.
Pero, esas iniciativas deben de tener el apoyo de todos los compañeros y del sindicato para apoyar a los trabajadores en su realización frente a las posibles sanciones de parte de la empresa. También, que la IMM apoye por una vez a los trabajadores haciendo cumplir la normativa que defiende a las condiciones de trabajo de los obreros.

Hay fechas y servicios especiales en las que nuestro trabajo se hace bastante complicado y se llega a poner en riesgo nuestra integridad física. Los turnos tarde, los partidos de fútbol, algunos bailes, las grandes concentraciones de público y prestar servicio por barrios de alta conflictividad... situaciones que nos hacen preocupar.
La normativa municipal establece una especie de "derecho de admisión" que muchas compañeras y compañeros desconocen. El Digesto Municipal dice que todas las personas en general derecho a viajar en ómnibus del transporte público, pero deben cumplir con las obligaciones que le exige el mismo cuerpo normativo.
¿Cuales son? 
Bueno, algunas de ellas, son "comportarse con decoro y acatar las disposiciones que le correspondan", decoro es una palabra antigua que podemos interpretar como corrección y respeto a los demás; también el pasajero debe "cuidar el ómnibus, no ensuciándolo ni dañandolo", "adecuadamente ubicado, ya sea sentado o de pie, permitiendo a los demás pasajeros hacer uso de sus derecho a viajar en iguales condiciones". Pero sobre todo, deben "respetar la labor que cumple el personal al servicio de los ómnibus", deben ser respetuosos con nosotros, es su obligación.
Cuando se les puede negar el derecho a viajar, además del incumplimiento de las normas antes mencionadas, cuando "esta ebria, desaseada, incorrectamente vestida o padece enfermedades contagiosas" ni puede viajar si "grita o hace ruidos". Es importante, dejar claro que el usuario tiene prohibido beber en el ómnibus.
Es decir, que si la empresa o mejor aún la Intendencia prohibe viajar con gorros, capuchas o cualquier elemento que cubra el rostro, nosotros tenemos.elementos para prohibir el ascenso de personas con el rostro cubierto.
En los partidos de fútbol podemos negar el ascenso a personas con banderas, tambores y otros objetos que por su tamaño o forma sean "molestos o peligrosos". Además, de no pararle a personas que estén con bebidas alcohólicas  a la vista y llevar a la comisaria a las personas que vengan saltando y cantando canciones ofensivas.
El personal de los coches "de ser necesario podrán recurrir a la fuerza pública para mantener el orden".
Compañeras y compañeros, lo más importante somos nosotros el personal de los ómnibus, a nosotros nos espera la familia y somos nosotros, muchas veces, somos su único sustento. Los fierros son recuperables y están asegurados. Pero si no llegamos nosotros queda una familia desmembrada.
Llevar a cabo estas medidas requiere del apoyo de la organización sindical, nosotros debemos poder decidir quien sube y quien no, sin que la empresa sancione al trabajador por dejar pasajero a pie. Para esto la empresa y la intendencia debe avisar a los usuarios que se prohibirá viajar con el rostro cubierto. 
Debemos en conjunto (Ministerio del Interior, sindicatos, empresas, Ministerio de Trabajo) elaborar protocolos de actuación que marquen las formas de enfrentar ante las posibles situaciones a las que nos veamos expuestos diariamente, teniendo en cuenta el uso de las nuevas tecnologías: GPS, botón de pánico, bus seguro, 911 y otras que puedan surgir sobre la marcha.
Trabajemos seguros. Nos va la vida en ello.
El Omnibusero Libre.